Endurecen las sanciones contra los conductores que manejen ebrios
El nuevo Código de Tránsito sanciona con una multa de S/. 1750, además de la retención del vehículo y el brevete a los choferes que manejen en este estado, aun cuando no ocasionen accidentes. Estas medidas entrarán en vigencia a los noventa días de su publicación.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de un Decreto Supremo, endureció el cuadro de sanciones administrativas para los conductores que cometan infracciones de tránsito, como una de las medidas que implementa el sector para combatir la accidentalidad de las pistas. El nuevo Código de Tránsito sanciona al conductor que en estado de ebriedad haya participado en un accidente de tránsito ocasionando lesiones graves y/o muerte con una multa de S/. 3,500 (1 UIT), así como la cancelación del brevete y la inhabilitación definitiva para obtener una nueva licencia, además de la retención del vehículo. Esta misma sanción recibirá el conductor que maneje bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos comprobados ocasionando lesiones graves y/o muerte. Asimismo, se sanciona al conductor con S/. 1,750 (50% UIT), además de la retención del vehículo y el brevete, cuando maneje en estado de ebriedad, y que haya participado en un accidente de tránsito y ocasione lesiones leves. La misma sanción será impuesta al conductor que maneje bajo las mismas condiciones aun cuando no ocasione accidentes o genere lesiones.
MULTAS. En el Decreto Supremo se establece también que los conductores deberán pagar S/. 840 (24% UIT) por conducir un vehículo de transporte de pasajeros o de carga sin el parachoques delantero o posterior, además de la retención del vehículo.
Por voltear en U sobre la misma calzada, en proximidades de curvas, puentes, túneles, estructuras elevadas, cima de cuesta, cruce ferroviario a nivel u otros lugares de riesgos para la seguridad, los conductores recibirán una multa de S/. 840 (24% UIT) y se les retendrá la licencia. Los choferes serán sancionados con una multa de S/. 420 (12%) por estacionar en carreteras sin señalizar el lugar colocando los dispositivos de seguridad reglamentario y se les retendrá la licencia. La norma señala, además, que por no detenerse antes de la línea de parada o antes de las áreas de intersección de calzadas o no respetar el derecho de paso del peatón, los conductores serán sancionados con S/. 280 soles (8% UIT). Igualmente, serán sancionados con S/. 280 soles (8% UIT) quienes conduzcan un vehículo haciendo uso del teléfono celular, radio portátil o similar o cualquier otro objeto que impida tener ambas manos sobre el volante. Además establece que los conductores recibirán una sanción de S/. 280 soles (8% UIT) y la retención del vehículo, por conducir sin portar el certificado del SOAT o que éste no corresponda al uso del vehículo o que se encuentre vencido.
INFRACCIONES. Mediante el Decreto Supremo se modifica el Cuadro de Infracciones y Sanciones al tránsito terrestre, que contiene algunas infracciones duplicadas o inaplicables, dotando a la PNP de mejores y mayores elementos de fiscalización del mismo. Se reclasifica infracciones bajo 3 categorías: Muy graves (M), graves (G) y leves (L), en sustitución de la clasificación original que tenía 6 códigos diferentes.
Asimismo, los ciudadanos podrán denunciar una infracción de tránsito ante el efectivo policial tomando una foto o registrando en video las infracciones de tránsito que detecten en las vías, toda vez que se ha detectado que ante la ausencia policial, muchos conductores comenten infracciones al tránsito que quedan impunes.
ACUMULACIÓN DE INFRACCIONES. Los conductores que infringen en forma habitual las disposiciones de tránsito serán sancionados mediante un Sistema de Puntos, que consiste en otorgar inicialmente 12 puntos a todo conductor e ir descontándoles cierta cantidad de puntos según la infracción cometida (leves: ½ punto; graves: 2 puntos; y muy graves: 4 puntos).
Al momento de perder todos sus puntos, se suspenderá la licencia de conducir por periodos de 6 meses a 1 año hasta la cancelación de la licencia e inhabilitación del conductor. Si no cometen infracciones, recibirán bonificaciones de 2 puntos cada 36 meses.
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Resulta necesario simplificar el procedimiento sancionador que actualmente se sigue, a fin de hacer más efectivas y eficaces las medidas sobre las licencias de conducir, acercando el gobierno al administrado, por lo que quedarán íntegramente en manos de las municipalidades provinciales respectivas, las que impondrán las sanciones pecuniarias (multas) como las no pecuniarias (suspensiones y cancelaciones de licencias de conducir e inhabilitaciones de conductores).
El mismo procedimiento seguirá el MTC, respecto de las infracciones detectadas en la red vial nacional y departamental.
REGISTRO DE CONDUCTORES EBRIOS. Se está dotando a las municipalidades provinciales con herramientas informáticas más eficaces para consolidar la información de los infractores al tránsito y poder contar con la misma a nivel nacional, siendo así factible tener el Registro de Conductores Ebrios o Narcotizados actualizada a nivel nacional.
Estas medidas entrarán en vigencia a los noventa días de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Nuevas SANCIONES para conductores ebrios
Moderador:Moderadores
- TioNel
- Administrador del Sitio
- Mensajes:2897
- Registrado:Mié Nov 12, 2008 4:46 pm
- Marca:VOLKSWAGEN
- Modelo y Versión:Golf GTi MK2
- Color:Amarillo
- codigo de motor:PL
- Valvulas:16v
- tipo de transmision:mecanico
- Ubicación:Lima - Peru
- Contactar:
Atte.,
Nelson Guia (TioNel)
Presidente - Fundador
Celular: 987421774
Mail: nelsonguia@clubjetta-Golf.com
http://www.clubjetta-golf.com
Nelson Guia (TioNel)
Presidente - Fundador
Celular: 987421774
Mail: nelsonguia@clubjetta-Golf.com
http://www.clubjetta-golf.com
Re: Nuevas SANCIONES para conductores ebrios
epsero q ah nadi del club se le apilque una de estas leyes
Re: Nuevas SANCIONES para conductores ebrios
Me parece bien que se apliquen medidas correctivas sobre todo con los conductores en estado de ebriedad ; pero no se si han notado que casi todo es retencion de vehiculo...
Realmente los mas "afectados" seran los particulares , por que lo "publicos" les interesa un pito el policia , es mas si pueden le pasan encima y jamas les quitaran su "herramienta de trabajo" porque sino de que viven??...
Esto , para mi , generara que la coima sea mas alta
Realmente los mas "afectados" seran los particulares , por que lo "publicos" les interesa un pito el policia , es mas si pueden le pasan encima y jamas les quitaran su "herramienta de trabajo" porque sino de que viven??...
Esto , para mi , generara que la coima sea mas alta